La gestación subrogada, o gestación por
sustitución,
como la denomina el artículo 10 de la LEY
14/2006, de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida (BOE núm. 126 de 27 mayo 2006), consiste en el embarazo y el parto llevado a cabo
por una mujer, que acepta libremente, bajo contrato, recibir en su útero un
embrión conseguido con los óvulos y los espermatozoides aportados por terceras
personas, los llamados padres
comitentes o subrogantes. En pocas ocasiones esas mujeres contribuyen con sus
propios óvulos al proceso (un punto que resulta problemático en aquellos países
donde la legislación preserva el anonimato de todo donante1). El recién nacido sería considerado hijo de quienes
aportan oficialmente el material genético, (se inscribe legalmente como hijo de
éstos) y no de la mujer gestante que lo pare. Se entiende que ambas partes
acuerdan esa situación de una forma libremente consentida. La gestante
subrogada, como donante, accedería a prestar su útero de una forma altruista,
sin recibir compensación económica alguna por su gesto, y los receptores del
hijo, sus padres oficiales y, al menos parcialmente genéticos, se
comprometerían a sufragar todos los gastos ocasionados por los cuidados del
embarazo, el parto y la salud, tanto física como psicológica, de la gestante
subrogada.
Hay que señalar, a fuer de ser sinceros, que tal altruismo, si bien es
posible y se esgrime como motivación para la subrogación, como veremos más
abajo, es, más bien, una cuestión teórica. Porque este tipo de gestante suele
recibir una compensación económica bajo el camuflaje de desagravio por “las molestias”
ocasionadas por hacerlo; no por su acción de sustitución1,2.
¿”Maternidad”
subrogada?
No parece procedente utilizar aquí el término de maternidad subrogada, como se hace en otros lugares3,4. La maternidad, es bastante más que gestar, sentir el feto dentro del
vientre, y parirlo; es una compleja mixtura de elementos biológicos,
psicológicos y culturales que van más allá de esa experiencia5. Del
mismo modo que fecundar un óvulo no convierte automáticamente a un hombre en padre, aunque lo sea desde un punto de
vista biológico. Al final, es madre (o padre) quien se desvela, cuida, vigila,
educa, da apoyo emocional, proximidad, apego, recursos psicológicos y
materiales, para el equilibrado desarrollo del vástago. Esto es algo que
conocen muy bien las parejas de acogida y, sobre todo, los padres adoptivos6.
No se han encontrado diferencias substanciales en el apego que tienen los
padres y los hijos adoptivos, respecto a los que poseen vínculos biológicos7.
Y ese sería el tipo de conexión que enlaza a los padres comitentes con el
neonato gestado por subrogación; con la salvedad de que entre estos últimos
suele haber también alguna clase de vínculo biológico.
No pretendo con esto negar el lazo que puede establecerse entre una pareja
y su propia criatura durante el proceso de la gestación obtenida de forma
natural, porque eso es algo que está bien establecido8. Pero tampoco se puede olvidar que el instinto maternal
(y no digamos el paternal) no es una cuestión universal, pues hay mujeres que
no lo sienten, y otras que, si lo perciben, no se sienten obligadas a obedecerlo,
rechazando tener hijos9. Asimismo, hay que tener en consideración el
interdicto social que existe hacia la mujer que rechaza el rol de madre, y no
los tiene; o la que tras parirlos los entrega en adopción por los motivos que
sean5. Todos ellos son elementos que hay que tener en cuenta cuando
se habla de la gestación subrogada y de las mujeres que se prestan a la misma.
En extrañísimos casos, la gestante subrogada aporta sus genes al
embrión, o tiene ese hijo por un deseo personal de ser madre, con todo lo que
eso implica. Muchas lo hacen empujadas por el impulso primario de experimentar
lo que se siente durante un embarazo (77%)10, aunque la inmensa mayoría de ellas ya hayan tenido
hijos (91%-94%) y conozcan la experiencia; o, quizás, lo hagan por eso mismo.
Las mujeres que se ofrecen a la subrogación lo hacen por una mezcla de razones
altruistas (68%-91%) y económicas (54%-89%), pese a que entre el 60% y el 75%
de ellas tienen recursos económicos, propios o de su pareja10,11,12.
Söderström-Anttila et al (2016)2 han realizado una revisión exhaustiva del tema y
aportan una visión en perspectiva muy interesante que recomiendo leer.
Los frentes de
la discusión.
Existe un debate internacional aún
no resuelto sobre la gestación subrogada.
De hecho no está aprobada en todos los países. Hay posicionamientos encontrados
entre asociaciones feministas, grupos LGTBI (Lesbianas, Gais, Transexuales, Bisexuales e
Intersexuales) hombres y
mujeres particulares, así como diferentes medios de comunicación y agrupaciones
políticas. Aunque el debate no parece afectar tanto a la población general,
pues casi tres quintos (57%) de los españoles están a favor de ella (mucho o
bastante), con otro 32% que lo están poco o nada, y un 11% de indecisos. Están
a favor, sobre todo, si los comitentes son parejas heterosexuales (69%), pero también
lo están, aunque en proporciones menores (51%), para el resto de las opciones
(parejas homosexuales tanto masculinas como femeninas, y hombres o mujeres
solos). Alguno más de siete de cada diez españoles (72%)
se muestra favorable a que la gestación subrogada esté regulada por ley en
nuestro país13.
Los organismos oficiales, sin embargo, no parecen tenerlo tan claro, como
demuestran sus discrepantes declaraciones. Así, el Comité de Bioética de España, adscrito al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha
elaborado un informe oponiéndose a la misma; a la vez que solicita promover su
prohibición a nivel internacional, y que se persiga con multas a las agencias
intermediarias. Su objetivo declarado es evitar la explotación de la mujer gestante
y que se dañen los intereses superiores del menor3. La Organización Médica Colegial está a
favor de ella siempre que se acredite que han sido inútiles los demás
procedimientos de Reproducción Asistida, se respeten los derechos de todos los
intervinientes (neonatos incluidos), sea altruista por parte de la gestante, y que
al menos uno de los gametos proceda de las personas contratantes4. Pero el Grupo
de Ética y Buena Práctica Clínica de la Sociedad Española de Fertilidad
(SEF, http://www.sefertilidad.net/) ha sido incapaz de pronunciarse a favor o en contra, porque sus miembros
no alcanzan una posición unánime en ninguno de los dos sentidos. Lo que sí
hacen es plantear “una propuesta reflexiva de bases o condiciones generales
para el supuesto de que el legislador diera en algún momento el paso de su
legalización en España”1.
Les animo a leer los fundamentos de las conclusiones de estos tres informes,
las revisiones que han realizado sobre el tema para llegar a ellas, y los
elementos que sugieren para ofrecer garantías a todos los actores de la gestación
subrogada para el caso de que fuera aprobada.
Sin duda
alguna, la gestación subrogada produce tan encendidos debates porque choca
frontalmente con las ideas clásicas de maternidad/paternidad (directamente biológica),
y los actuales modelos de familia; muy alejados del monolítico eje formado por la
pareja heterosexual tradicional. Todas las demás técnicas de Reproducción
Asistida tuvieron un debate similar cuando se introdujeron en el Mercado14.
Y digo bien: Mercado, como tendremos ocasión de comprobar más adelante.
En la gestación subrogada existen, por un
lado, una pareja (heterosexual u homosexual) o una persona sola (hombre o mujer),
que tienen un deseo de ser padres que
no pueden cumplir biológicamente; y, por el otro, una mujer que tiene la
voluntad y el derecho a hacer con su
cuerpo lo que quiera, a que nadie decida por ella sobre lo que debe hacer con
ese cuerpo, y a que nadie la obligue a embarazarse bajo ninguna circunstancia
que no esté relacionada con su propia voluntad y deseo. Del mismo modo que
existe otro elemento que no puede olvidarse en la ecuación, como son los
derechos del nasciturus.
Así, la
discusión que existe en torno a la gestación subrogada contempla varios
frentes:
a) El concepto
clásico de maternidad/paternidad y la indiferencia/rechazo hacia la
mercantilización del deseo de ser padres/madres de sujetos diferentes a las
tradicionales parejas heterosexuales.
b) La
aceptación/negación al derecho de esos potenciales padres a serlo por este
método, desplazando su solución, quienes lo niegan, hacia la adopción; cosa que no se hace en otros
procedimientos de Reproducción Asistida.
c) La
aceptación/rechazo de la idea de que la gestante subrogada no es genuinamente
una madre, sino una simple portadora y paridora (meras vasijas); aunque el vínculo gestante-bebé también se incluye en la
discusión.
d) La cuestión
de la voluntariedad de la mujer subrogada y el dilema del altruismo/compensación
económica, unidos al temor a que se explote a mujeres con necesidades
económicas.
d) Y los bebés
así nacidos; no siempre considerados en el debate.
A mi juicio,
todos ellos, menos el último, tienen una fuerte dosis de hipocresía, con un
sesgo cognitivo importante, movilizado por otros intereses no siempre declarados,
pero invariablemente subjetivos.
La mercantilización del deseo de ser padres/madres14.
A.-Supremacía económica: Uno de los
argumentos contrarios a la gestación subrogada viene del hecho de mediar dinero
entre la gestante subrogada (o las agencias intermediarias, que es otra historia)
y los subrogantes o comitentes. Lo que supone establecer, literalmente, un
mercado de úteros, en el que se compra-venden gestaciones (y no tanto, bebés).
Este argumento
es hipócrita y falaz, desde el momento en que todas las técnicas de Reproducción Asistida constituyen un Mercado
donde, igualmente, se compran embarazos (y no tanto, bebés). No se olvide que
la Reproducción Asistida está mayoritariamente en manos de empresas privadas
que buscan beneficios económicos15. Y a estos
centros acuden, fundamentalmente, sujetos con una buena situación económica, o
con una capacidad de endeudamiento suficiente como para sufragar los costes de
estas técnicas; gastos, que son elevados para cualquier economía media. Por
ejemplo, si para tener un 97% de posibilidades de tener un hijo utilizando
inseminación artificial con semen de donante, se requieren cinco ciclos16,
y los costes de cada uno de estos ciclos vienen a ser de unos 1.200 a 2.000
euros, tener un hijo con estos procedimientos cuesta entre 6.000 y 10.000 euros17.
En el caso de utilizar FIV/ICSI, el 80% de las
gestaciones se obtienen en los tres primeros ciclos, y casi el 90% en el quinto18,19
(hablamos de implantaciones con éxito, no de nacidos vivos, cuyas
probabilidades son mucho menores20). Si cada ciclo cuesta entre
4.000 y 6.200 euros, con los propios gametos, entre 4.200 y 6.200 euros con semen de donante, y entre 4.700 y 9.300
euros con óvulos ajenos16, hagan
cuentas; los tratamientos con éxito de implantación cuestan entre 20.000 y
46.500 euros.
Barato, barato, y accesible para todos, estas
técnicas de Reproducción Asistida no parece serlo. Más bien aparenta ser, toda
ella, cosa de personas económicamente solventes, en su mayor parte, o con una
gran capacidad para endeudarse. Quizás sea por eso que
aproximadamente el 80% de las parejas que buscan asistencia médica para su infertilidad,
no inicien o no perseveran con el tratamiento21. Y cuando los
tratamientos son abandonados, no sólo es por los costes psicológicos22, o la desconfianza en la capacidad del
personal que les atiende y su escasa empatía; también se dejan por dificultades
económicas22,23,24,25,26,27.
¿Es más mercantil la gestación subrogada
porque los comitentes gastan más dinero en lograr su deseada gestación? Creo que
no. La mayor parte de la Reproducción
Asistida es un negocio al que accede gente con posibilidades económicas. Resulta
hipócrita, pues, utilizar este argumento para rechazar la gestación subrogada,
pues toda la Reproducción Asistida es
cosa de economías más que solventes.
Por otro lado, quienes rechazan la gestación
subrogada ofrecen como alternativa a los sujetos que desean acceder a ella, la
adopción. Lo que supone otro gesto de hipocresía, pues no se les ofrece como
alternativa a quienes utilizan otras técnicas de Reproducción Asistida. ¿Por
qué a unos sí y a otros, no? ¿Con qué criterio? ¿Y quién lo decide?
Pero hay más.
Las adopciones tampoco son baratas, ni están
al alcance de todos. No voy a entrar en la discusión de que las adopciones se
utilicen como técnica de Reproducción Asistida más que como un instrumento de
solidaridad hacia la infancia; lo que las incluye directamente dentro del
mercado consumista de hoy28. Me limitaré a subrayar que la adopción no es un
procedimiento barato al que puedan acceder todas las personas29,
además de la farragosa burocracia que conlleva30,31.
De hecho, la crisis económica ha frenado las cifras
de adopciones32 (no así las de Reproducción Asistida que, aunque
representan un considerable desembolso para las parejas, su financiación
reporta no pocos beneficios a los Estados33). La adopción, pues,
queda igualmente enmarcada dentro del ámbito de los económicamente fuertes.
La adopción, por cierto, y el apego
desarrollado entre los padres y el hijo adoptivo, no es una cosa tan especifica
de la especie humana como creíamos hasta no hace mucho tiempo. También se ha
observado entre los chimpancés; y, en estos casos, sí que son por altruismo
hacia los huerfanos34.
De modo que, siguiendo el argumento
económico, o se admite todo por igual, o se rechaza todo. No podemos quedarnos
sólo con lo que más le conviene a nuestra ideología o a nuestros intereses. Aunque
sea frecuente que así suceda porque la convicción de que nuestras creencias son
ciertas (dogmatismo) se relaciona negativamente con el razonamiento
analítico35. Por eso se mantienen pese a que los hechos las rechacen. TODA la
Reproducción Asistida está al alcance de los menos; no sólo la gestación subrogada.
De modo que si lo utilizamos para rechazar esta, deberíamos actuar en consecuencia
y rechazar toda la Reproducción Asistida. O, al contrario, si lo utilizamos
para aceptar a la Reproducción Asistida, habremos de admitirlo, igualmente,
para la gestación subrogada.
B.-Explotados: Existe el temor a que las
mujeres que opten por este tipo de negocio, lo hagan, voluntariamente, sí, pero
movidas o empujadas por sus necesidades económicas. Lo que las expondría a una
situación de explotación por parte de los subrogantes o comitentes, más
favorecidos económicamente que ellas, en una situación claramente asimétrica36.
En este sentido, algunos equiparan las gestaciones subrogadas con la
prostitución; puesto que ambas acciones pueden ser asumidas voluntariamente por
algunas mujeres, pero movidas por sus necesidades económicas38.
Tal
explotación, sin embargo, no es algo que se centre exclusivamente en la gestación
subrogada. Ya se encuentra, bien instalada y aceptada, en el mundo de la Reproducción
Asistida. No se puede cerrar los
ojos ante la evidencia de que estas técnicas han generado un Mercado en el que
unos sujetos venden una parte de sus cuerpos, los gametos (sean óvulos o espermatozoides),
a unos intermediarios (los bancos de semen y óvulos, los centros de
Reproducción Asistida a través de los primeros), y unos terceros se los compran
a esos mediadores para obtener gestaciones imposibles de lograr de otro modo.
Esta compra-venta disfrazada de “donaciones” de células sexuales se da tanto entre
los hombres como entre las mujeres, pero quizás se haga más evidente en el Mercado
de semen, por lo que sigue.
Los bancos de semen compran ese fluido
corporal a unos 50 euros cada eyaculado (puede ser menos; en cualquier caso,
una eyaculación equivale, aproximadamente, a dos dosis) y se vende a unos 200
euros cada dosis17. Si tenemos en cuenta que los sujetos aportan
unas 24 eyaculaciones como mínimo, hagan cálculos. Tales bancos pagan a cualquiera
de sus proveedores 1.200 euros por 24 eyaculaciones y venden ese total por 9.600 euros. La LEY 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de
Reproducción humana Asistida contempla la remuneración de los donantes
“altruistas” por “las molestias físicas y los gastos de desplazamiento y
laborales que se puedan derivar de la donación” (BOE núm. 126
de 27 mayo 2006).
Cantidad que los bancos de semen sólo
abonan al completo si la calidad de la muestra de semen proporcionada por
el donante ya contratado es válida39.
Véanse los anuncios de algunos de estos
centros en :
Las molestias a las que se refiere la ley,
sin embargo, son las mismas tanto para los especímenes válidos como para los no
válidos. El sujeto hace en ambos casos el mismo desplazamiento, el mismo
esfuerzo, la misma ausencia laboral, y siente las mismas dificultades psicológicas
al producir y entregar tanto las muestras válidas como las no validas. Si sólo
se paga al completo el espécimen útil, lo que se retribuye realmente es ese semen válido, no las incomodidades.
No existe, pues, tal donación, sino la venta de una parte del cuerpo humano (en
este caso, semen) por dinero40,41. Dinero que le viene muy bien a
los supuestos donantes, que son sujetos con necesidades económicas (habitualmente
estudiantes universitarios)42,43. Son individuos que sin tales
necesidades, no “donarían”. Estarían, pues, explotados por su condición de
apremio económico. Pero es una explotación que a nadie interesa denunciar: ni a
quienes se benefician del negocio, ni a quienes utilizan ese semen para su
propio beneficio genésico44. Más aún: suele minimizarse la
trascendencia de este intercambio para eludir el problema y no reflexionar
sobre él; sin evitar una mal disimulada sonrisa, pensando siempre, aunque sea
en silencio, en la forma de proporcionar tales muestras45,46. Como
si tal procedimiento redujera el carácter de explotación y de compraventa de
esa parte corporal. No se olvide que, como reconocen muchos bancos de semen, sin
tal estipendio, el negocio no existiría, no
habría semen que utilizar47. Y explotación es, también, la “donación”
de óvulos. Esta no tendría lugar de no mediar una compensación económica (el 100% de las “donantes” de óvulos señalan que han de ser recompensadas
económicamente; y sólo el 11% estaría dispuesta a hacerlo sin compensación)48. Las donantes de óvulos
reciben entre 800 y 1.000 euros por “donación”. En cada “donación” aportan un
promedio de 14 óvulos (pueden ser 20 o más). Y las receptoras utilizan una
media de 7 óvulos por ciclo, de los que suelen implantarse unos dos o tres
embriones49; todo ello por cantidades que oscilan entre 1.500 y
4.000 euros en cada ciclo17. Hagan cuentas.
Además de eso, los “donantes” de gametos de
ambos sexos (más bien proveedores40,41),
también son recompensados (120-130 euros) si atraen a los centros otras personas
que aporten los suyos46,50; algo que ocasiona pocas molestias. No
entender estas actividades como mercadeo,
son ganas de cerrar los ojos14.
Tal compra-venta de semen y óvulos
encubierta es contraria a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión
Europea, que es muy clara al respecto. En su Título I (Dignidad), Artículo 3
(Derecho a la integridad de la persona), Punto 2, apartado c, ratifica “la prohibición de que el
cuerpo humano o partes del mismo en cuanto tales se conviertan en objeto de
lucro” (BOE núm. 184 de 31 de julio de 2008). Pero se acepta sin
pestañear. ¿Por qué razón es asumible que hombres y mujeres vendan esa parte de
su cuerpo (los gametos), y no lo es que las mujeres alquilen su útero? O
rechazamos ambas cosas, o las aceptamos las dos. No hay razones para actuar de
forma diferente. ¿Por qué consideramos explotación alquilar un vientre y no
comprar gametos? O rechazamos ambas cosas, o las aceptamos las dos. No hay
razones para actuar de forma diferente.
Llegados a
este punto, algunas personas con las que he hablado del tema responden "¡que ambas cosas no son comparables!". Es decir, no se pueden asemejar las “donaciones
altruistas” de semen, que no requieren gran esfuerzo por parte de los sujetos
(y las de óvulos, que son algo más complejas y esforzadas), con una gestación
que incluye cambios biológicos y psicológicos importantes, que duran nueve
meses, más un parto. Como si la explotación del otro dependiera de la
cantidad del expolio realizado y no del hecho mismo de aprovecharse de ellos
desde una situación de fuerza (económica, en este caso). Si mantuviésemos tales
argumentos banalizadores, resultaría que se atenta menos ("¡no es comparable!") contra los
derechos a la integridad física de un niño, por ejemplo (o una niña), si se le
corta el lóbulo de una oreja en contra de su voluntad, en un quirófano y con
anestesia (y sin indicación médica alguna), que si se le cercena la oreja
entera a golpe de machete, en la calle, y "en vivo". El método
utilizado y la cantidad de tejido será más o menos brutal y amplia, pero el atentado
contra sus derechos fundamentales es el mismo en ambos casos; porque en uno y
otro se les está mutilando en contra de su voluntad. Tampoco se puede
considerar menor ("¡no es comparable!")
el maltrato psicológico que el físico, sólo porque no deja huellas evidentes;
ambas cosas ultrajan los Derechos Fundamentales de las víctimas por igual. Así,
y en lo que aquí toca, la violencia contra los donantes de semen u óvulos no es
menor que la sufrida por las gestantes subrogada, simplemente porque las consecuencias
físicas, el tiempo de la agresión y el modo de realizarla sean diferentes. En ambos
tipos de sujetos se explota igualmente su cuerpo a causa de sus necesidades
económicas (sin dinero no habría “donaciones” de gametos47,51). O no
lo son en ninguno de los dos casos; pues no se puede etiquetar la compra-venta
de una parte del cuerpo de una forma diferente según la parte de que se trate.
Si el
argumento de la utilización explotadora de otros ha de guiarnos para decidir
sobre el tema, o rechazamos ambas rapacerías (compra-venta de gametos y
gestación subrogada), o aceptamos las dos. No hay criterio razonable para ser
más indulgentes con una explotación que con otra.
El derecho a ser padres/madres.
La finalidad de toda forma de vida sobre la
Tierra, incluida la humana, consiste en perpetuarse a sí misma. Por eso todas
las especies han desarrollado estrategias evolutivas destinadas a que los
individuos se emparejen y procreen.
Entre los seres humanos, sin embargo, la
reproducción no es, hoy día, tan instintiva. No obedece tanto a un imperativo
biológico; aunque existan muchas personas que sienten un impulso interno, que
sería exagerado definir como meramente social, incitándoles a la reproducción.
Pese a ello, no es un exceso afirmar que actualmente reproducirse es una opción
personal, por mucho que existan fuerzas sociales que se hagan eco de ese
impulso primario de procrear. Reproducirse es una alternativa que suele ser elegida
de un modo más o menos voluntario, según la cultura y el momento histórico
vivido. Así, mientras existen sujetos que desean reproducirse a toda costa,
otros lo hacen de un modo más o menos indolente, algunos eligen no tener hijos
de una forma bien meditada, habiéndolos, igualmente, que no pueden tenerlos por
mucha voluntad que pongan en ello.
Tener hijos o no tenerlos es, pues, una
elección personal; una opción. No se trata ya de una obligación, sino de un
deseo. Un deseo perfectamente legítimo, pero que no se convierte, sin más, en un
derecho. No. Tiene hijos quien quiere y puede. Y los que no pueden, tienen la
posibilitad de adoptar, o, si se empeñan en tener un hijo biológico, o sentir
la experiencia del embarazo y del parto (que es otra cosa), actualmente tienen
la libertad de intentar burlar a la Naturaleza utilizando los medios que la tecnología
les ofrece mediante los diferentes procedimientos de Reproducción Asistida;
entre las que se encuentra la gestación subrogada.
Pero acceder a tales tratamientos, sigue
siendo una opción, no un derecho. Y es, por otra parte, un privilegio para unos
pocos, como hemos visto antes.
Lo que sí es un derecho fundamental es tener
garantizada la salud, en general, así como la sexual y reproductiva, en
particular52. Y es precisamente al amparo de este derecho, por lo que
ha podido germinar y anclarse en la sociedad la creciente industria de la Reproducción Asistida15. Tales centros
hacen una oferta de técnicas (con descuentos y facilidades financieras
incluidas) que genera y alimenta, a su vez, la demanda. En Sanidad sucede lo
contrario que en otros sectores económicos, donde es el estudio de mercado lo
que detecta la necesidad de la población, su demanda, y genera la oferta que
hay que hacerle, para que sea posible el negocio. En el mundo sanitario sucede
al revés: es la oferta la que genera la necesidad53. Pongo un ejemplo absurdo para ser descriptivo. Si
yo abro una consulta para operar, pongamos que la fealdad del dedo gordo del pié derecho, con una adecuada promoción y
tiempo, conseguiré llenarla; porque habrá gente que comenzará a percibir esa fealdad y la necesidad de modificarla. El mantra para atraer a la población hacia los tratamientos de
Reproducción Asistida en concreto es: “si
la técnica lo permite ¿por qué no aprovecharlo?”. Un mensaje que cala con extrema
facilidad en una sociedad donde el culto a la inmediatez, la baja tolerancia a
las frustraciones, la creencia de que los propios deseos equivalen a un derecho,
y la incapacidad para aceptar límites, están tan en boga54.
Y no se puede olvidar que también es un
derecho que todos los que deseen utilizar esas técnicas sean tratados por
igual, sin agravios comparativos. Que no sean discriminados por razón de su
economía, su raza, su sexo, sus creencias religiosas o políticas, ni por su
condición civil o sexual. Por eso, una pequeña parte de estos tratamientos es
asumido por el sector sanitario público55,56.
Es un derecho que todos sean tratados del
mismo modo, por, y ante la Ley. El artículo 14 de la Constitución española, así
lo garantiza: “los españoles son iguales
ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de
nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social” (BOE núm 311 de 29 de diciembre de 1978). Y
es al amparo de este derecho constitucional, con el fin de evitar agravios
comparativos, por lo que el derecho a la salud reproductiva se ha trasladado de
la pareja al individuo, y de las parejas heterosexuales a las homosexuales. De
ahí que la sociedad, a través de sus legisladores, tenga la obligación de velar
por la salud reproductivas de todos, sea cual sea su sexo, estado civil u
orientación sexual. Todos.
Como también es un derecho, y una
obligación, el respeto que han de tener los otros a la integridad física de
cada ciudadano, a su libertad de movimientos, a no ser explotados, a expresar
sus ideas, y a poder disponer del propio cuerpo; sin discriminar a nadie por
raza, sexo, creencias, estatus social, o condición sexual. Así lo señala la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada por
la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre del año
1948 en su Resolución 217 A III66. Unos Derechos Humanos que protegen a los
sujetos de ser discriminados por ninguna de esas razones, o cualquier otra.
Por esta razón, si las parejas
heterosexuales, las mujeres solas, y las parejas de lesbianas, tienen el
derecho a resolver su esterilidad constitucional1para tener hijos, también habrán
de tenerlo otros sujetos como los hombres solos, y las parejas de varones
homosexuales.
No puede haber dudas al respecto. No se pueden hacer
distinciones, por agravio comparativo y por anticonstitucional. Ni se les puede
reconducir hacia la adopción, como señalan algunos sectores sociales, porque no
se hace lo mismo con los demás sujetos. Que sean hombres, no les da más
prerrogativas reproductivas, pero tampoco menos. Es una cuestión de justicia
social; como lo fue, en su día, para incluir en los programas de Reproducción
Asistidas a mujeres, ya estuvieran solas o emparejadas.
El derecho a decidir y la explotación del cuerpo.
El derecho a decidir sobre el propio cuerpo
está salvaguardado por la misma legislación mencionada más arriba. Y así como
hombres y mujeres tienen derecho a decidir no tener hijos sin que su entorno se
entrometa en las razones de tal decisión (que se entromete), hombres y mujeres pueden
ayudar, si lo desean, a quienes tienen dificultades para tenerlos, “donando”
sus gametos, aunque su decisión esté condicionada por necesidades económicas. Ya
se está haciendo. Y por la misma razón, tienen el mismo derecho a hacerlo las
mujeres dispuestas a ceder su útero para ayudar a otros a tener hijos, aunque
su voluntariedad también esté condicionada económicamente, como en el caso de
los “donantes” de semen u óvulos. Si por ello hay quienes consideran a esas
mujeres meras vasijas explotadas, y rechazan que se presten a ello, los
hombres que ceden su semen han de ser considerados simples sementales, o apéndices eyaculadores, como dice Charis Thompson
(2005)57. Si estos últimos apelativos parecen abusivos y descorteses, también lo
es el primero. O no lo es en ninguno de los dos casos. Si llamar sementales a los “donantes” de semen, voluntarios, es banal y carente de
dramatismo, también lo es señalar a esas mujeres, voluntarias, como vasijas.
O no lo es ninguno de los dos. No hay criterio para considerar a estos sujetos,
sea cual sea su género y función, de un modo diferenciado. Y no somos quiénes
para valorarlos de forma discriminada.
El grito de “¡mi cuerpo es mío!” es aplicable a ambos sexos, en este contexto y
en otros. Si las mujeres son dueñas de sus cuerpos (lo son) y deciden sobre él,
también los hombres son dueños del suyo, incluido su semen, aunque pocos se
paren a pensarlo. Incluso los varones que se encuentran en coma58 o acaban
de morir59; también ellos son dueños de su semen. Pese a ello,
algunas esposas solicitan por su cuenta que se les extraiga semen para tener
hijos. Tales hombres se encuentran en una situación muy desventajosa al no poder
aportar su consentimiento de un modo fidedigno. A pesar de ello, algunos jueces,
bajo la presión social, y de los familiares, les extraen el semen, cautelarmente, mientras buscan documentos
que atestigüen el deseo de esos hombres de ser padres tras su muerte, y decidir
a favor o en contra de las pretensiones de la mujer60. Con lo que,
sea cual sea el veredicto, ya se infringe legalmente, de entrada, los derechos
a la integridad física del comatoso o fallecido, y se trata su cuerpo (o
cadáver) de un modo indecente (artículo 526 de la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal [BOE núm. 281, de 24 de
noviembre de 1995, Última modificación consolidada: 28 de abril de 2015]). Se decida lo que se
decida, el maltrato ya está hecho “por precaución”.
Así, o todos pueden “ceder” voluntariamente
una parte de sus cuerpos para que otros tengan hijos, o nadie debe hacerlo. Ya
se trate de hombres o mujeres, quienes “consienten”, o los que necesitan
acceder a esa parte de aquellos cuerpos. No existe criterio razonable alguno para
admitir una cosa y negar la otra.
El nasciturus.
Pocos piensan
en los hijos habidos por esta u otras técnicas de Reproducción Asistida. Tal
parece que lo importante es atender a las demandas de quienes desean ser
padres. Y los debates tienden a centrarse en los subrogantes y, sobre todo, en
la subrogada. Sin embargo, de esta y otras técnicas de Reproducción Asistida,
nacen individuos que tienen derechos que hay que proteger. Algunos basan su rechazo
a la gestación subrogada pensando, precisamente, en los intereses superiores
del menor3. Estos no deben ser comprados/vendidos como en cualquier
mercado, y debe pensarse siempre en facilitar su normal desarrollo vital. Existe
una extensa bibliografía teorizando al respecto; pero no me voy a extender en
ello porque rebasaría los límites que me he propuesto para este texto.
Ya hemos visto
que la compra-venta de gestaciones es algo común en toda la Reproducción Asistida,
no sólo en la gestación subrogada.
No existen
muchos estudios realizados sobre los aspectos psicológicos de los hijos así
tenidos. Pero cabe sospechar que estos niños no tengan un desarrollo diferente
al que tienen los adoptados o los obtenidos mediantes otras técnicas de
Reproducción Asistida. Las investigaciones existentes no han encontrado diferencias en el
desarrollo y las dinámicas familiares de los niños nacidos por subrogación, al
compararlos con chicos nacidos de forma tradicional61. Ni tampoco se
han encontrado diferencias cuando se comparan los hijos y las dinámicas familiares
de parejas homosexuales masculinas (tenidos por subrogación), con los de las
parejas homosexuales femeninas (generados por inseminación de donante)62,63.
Probablemente, no existan motivos para preocuparse al respecto, más allá de que
el sujeto desee conocer, en el futuro, su origen biológico, y lo que eso pueda
suponer64,65.
Las agencias mediadoras1.
Allí donde
media el dinero, siempre habrá alguien que quiera intervenir para sacar tajada.
Y aquí entran las agencias mediadoras, que pueden actuar honorablemente o explotar
a las mujeres con necesidades económicas, para que se ofrezcan “voluntarias” a
la subrogación. Para evitarlo, el Grupo
de Ética y Buena Práctica Clínica de la Sociedad Española de Fertilidad recomienda
que “podrán existir agencias
intermediarias pero habrán de ser obligatoriamente sin ánimo de lucro
(asociaciones de pacientes, fundaciones, ONG y similares) y la publicidad que
hagan no podrá alentar esta práctica con la oferta de beneficios económicos. La
Administración pública debe ocuparse de homologar a las agencias que intervengan
en este procedimiento, exigiéndoles los requisitos y reglas de transparencia
pertinentes, y fijando los límites de compensación de sus servicios”1.
Yo creo que se
evitarían tentaciones explotadoras si no existiesen tales agencias mediadoras;
aunque sean ONGes sin ánimo de lucro. Deberían responsabilizarse de esa acción
las propias clínicas de Reproducción Asistida. Del mismo modo que ellas están
relacionadas, o poseen bancos de gametos a los que recurrir, cuando los casos
lo requieren, podrían disponer de un listado de mujeres voluntarias dispuestas
a prestarse a la gestación subrogada. Así, serían las propias clínicas quienes,
tirando de listado, realizarían los actos necesarios para llevar a término las
gestaciones subrogadas; como hacen con los óvulos o los espermatozoides. Y
serían ellas las que mediaran entre gestante subrogada y comitentes, para cuidar
la salud de las primeras, y controlar los gastos generados por el embarazo y
sus potenciales complicaciones físicas o psicológicas.
Del mismo
modo, debería existir un registro Nacional de tales voluntarias, del mismo modo
que debería haberlo para los proveedores de gametos.
Consideraciones finales.
Sea cual sea la opción por la que cada cual se decida (aceptar o
rechazar la gestación subrogada), ha de fundamentarla en criterios razonables
lo más desapasionados posible. Sin utilizar argumentos hipócritas o
racionalizaciones sesgadas. Si aceptamos que existan proveedores de gametos a
cambio de dinero para que otros tengan hijos, como ya se está consintiendo, hemos
de admitir que haya mujeres que, igualmente por dinero, cedan sus úteros para
gestar los hijos de otros. Si cerramos los ojos hacia el verdadero motivo de la
compensación económica en los “donantes” de semen y óvulos, habrá que hacer lo
mismo en el caso de las gestaciones subrogadas. Y si se rechaza lo relativo a
estas últimas, habrá que rechazar lo otro; porque es la misma cosa pese a sus
diferentes niveles de dificultad. No existe un criterio razonable para aceptar
unos procedimientos y rechazar otros; porque son aspectos diferentes de la
misma cosa. Si le facilitamos la paternidad/maternidad a las parejas
heterosexuales y de lesbianas, como se está haciendo, habrá que aceptarlo
también para las parejas de varones homosexuales y hombres solos, que
necesariamente habrán de recurrir al útero que pueda ofrecerles una mujer. Lo
contrario sería discriminar en función del género. Así que, si rechazamos que
los homosexuales masculinos tengan hijos, habrá que rechazar también que los
tengan las parejas de lesbianas e, incluso, las parejas heterosexuales sin
respuesta a otros tratamientos. Del mismo modo, si facilitamos que mujeres
solas sean madres, haciendo uso de los bancos de semen, habrá que hacer lo
mismo con los hombres solos que deseen ser padres, ofreciéndoles mujeres
dispuestas a prestar su útero con tal fin. O nos negamos a que todos, hombres y
mujeres, sea cual sea su situación, puedan hacerlo.
Si nos decidimos a rechazar la gestación subrogada, deberíamos
suprimir toda la Reproducción Asistida, a fuer de coherentes; porque en ella se
dan igualmente los elementos que impugnan a la primera. Y si la aceptamos, habrá
de regularse mediante Ley, con garantías para todos los intervinientes; suprimiendo
la presencia de agencias intermediarias.
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