lunes, 11 de noviembre de 2019

RESPÉTESE MEJOR LA INTIMIDAD DE LOS PACIENTES (III). Un caso particular



En numerosas exploraciones radiológicas los pacientes han de mostrar mucho o poco de su intimidad en forma de desnudez. Y la obligación deontológica de todo/a profesional de la radiología, de cualquier nivel, expresada en los manuales de la especialidad1, es evitar la desnudez que resulte innecesaria. Por eso, debe proveerse a los pacientes que han de desnudar alguna parte del cuerpo de un camisón radiotransparente que proteja su intimidad. Algo que, sin embargo, no siempre se hace en la actividad  cotidiana de un servicio público de radiología (y con sesgo de género en algunos lugares, donde no suele proveerse de ese camisón a los hombres para hacer radiografías de tórax, por ejemplo, aunque sí se hace con las mujeres; ni tampoco se les ofrece para las radiografías de abdomen o cadera que requieren descubrir ambas zonas retirando o bajando los pantalones dejando, así, al descubierto, la ropa interior).
Esta forma de actuar no se hace por ignorancia del deber de evitar la desnudez innecesaria, sino por influencias culturales que hace pensar, prejuiciosamente, que los hombres no sienten pudor, con lo que se actúa como si realmente no precisaran que su intimidad sea protegida y respetada, ni tengan derecho a ello2.
Un caso particular, en el caso de los varones, lo ofrece la ecografía escrotal, donde el sujeto es requerido a desnudarse de cintura para abajo. Y una vez así desnudo, se le pide que retire su pene de la región a explorar posicionándolo sobre el vientre con una mano, en dirección proximal o craneal; o no se le dice nada si su posición espontánea no entorpece la exploración. Todo ello con independencia de que se sitúe bajo el escroto una toalla, o no, para exponer más eficazmente los testículos a la exploración (no suele ser necesario)3. En tal situación, raramente se ofrece a los sujetos algo que les cubra su cuerpo para realizar esta exploración.
Es obvio que para explorar el escroto, este ha de ser expuesto necesariamente, guste o no guste, pues es el campo de trabajo y ha de permitirse a quien explora que realice su tarea. Pero acostumbrados a actuar así cotidianamente, estos profesionales (de ambos sexos) no han caído en la cuenta de que si bien la desnudez del escroto es inevitable para la exploración, la del pene es completamente innecesaria (no es necesario verlo para explorar ecográficamente los testículos) y, por tanto, ha de evitarse como señalan todos los manuales sanitarios relacionados con el tema, sea cual sea su categoría1. Y es que se olvida con frecuencia que el respeto a la intimidad del paciente no consiste sólo en evitar que terceras personas contemplen tales desnudeces (de ahí los biombos separadores), sino que es el propio explorador (de ambos sexos) quien tampoco ha de ver más allá de lo que sea estrictamente necesario. Sin embargo, eso no es algo que se haga en la práctica habitual, lo que resulta deontológicamente reprochable4… Además de ser ilegal, pues existe todo un cuerpo legislativo en nuestro país que protege la intimidad del paciente (Artículo 18.1 de la Constitución Española [BOE número 311 de 29 de diciembre de 1978], Artículo10.1de la Ley General de Sanidad [Ley 14/1986, de 25 de abril, BOE número 102], preámbulo de la Ley de Autonomía del paciente [Ley 41/2002, de 14 de noviembre, BOE número 274], Artículo 1.3 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen [BOE número 115 de 14 de mayo de 1982], y el punto 4.1 de la Orden SSI/81/2017, de 19 de enero, por la que se determinan las pautas básicas destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente, por parte de los alumnos y médicos Residentes en Ciencias de la Salud [BOE número 31 de 6 de febrero de 2017]). Siendo su incumplimiento sancionado por el Artículo 199.2 del actual Código Penal (Título X, Capítulo I)5. Que se desnuda innecesariamente, es algo universalmente reconocido por el personal de enfermería6.
Para evitar la desnudez innecesaria del pene en la ecografía escrotal, habría que evitar que el sujeto tenga que desnudarse a la vista de quien explora y de su asistente. Y para ello bastaría con proveer de un camisón, de los habituales en los Servicios de Radiología, para que el sujeto se cubra antes de desnudarse de cintura para abajo, si lo hace en presencia del personal sanitario. O que se lo coloque después de desnudarse, si lo hace tras un biombo. Después de acostarse sobre la mesa de exploración, el sujeto sólo tendrá que subir el borde inferior del camisón lo justo como para descubrir el escroto, manteniendo el pene oculto bajo el mismo en la posición craneal que se le indica. Evitándose, así, su desnudez innecesaria.
Pero si la práctica común es acostar al sujeto en la mesa de exploración y solicitarle que se baje los pantalones y la ropa interior en presencia del personal sanitario que le atiende, puede hacerlo como se le solicita, pero protegiendo sus genitales con una toalla o un protector absorbente. Con ello se evita dejarlos inicialmente expuestos a la vista de quien explora y de su ayudante (que generalmente es una mujer). Tras desnudarse de ese modo, bajo cubierto, le bastará descubrir después el escroto y mantener oculto su pene sujetándolo con una mano en la posición craneal señalada, pero bajo el paño suministrado. Así, también se protege la desnudez innecesaria del pene.
Son cambios que no cuesta mucho hacer y permiten incluir esta actividad exploratoria en el proceso de Humanización de la Medicina que exige respetar la intimidad del paciente.

REFERENCIAS.
1Angulo Pérez J, González Rico J, Jiménez Gálvez F: Técnicas prácticas de radiología. Editorial Vértice. Málaga. 2010
2Meerabeau L: Husbands' participation in fertility treatment: they also serve who only stand and wait. Sociol Health Illn, 1991; 13 3: 396-410
3Rodríguez-Patrón Rodríguez R, Mayayo Dehesa T, Lennie Zuccarino A, Sanz Mayayo E, Arias Fúnez F, García Navas R: Ecografía testicular. Arch Esp Urol. 2006; 59(4): 441-54
4Hevia  J, Bosch  E, Moënne K, García C: Deber ético del radiólogo: Confidencialidad y secreto médico, respeto a la intimidad y dignidad del paciente. Rev Chil Radiol 2018; 24(1): 2-4
5Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado: Código penal y legislación complementaria. BOE, Última Actualización del 14 de diciembre de 2017. [consultado el 01/03/2019]. Disponible en: https://boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=038_Codigo_Penal_y_legislacion_complementaria&modo=1
6López Espuela F, Moreno Monforte ME, Pulido Maestre ML, Rodríguez Ramos M, Bermejo Serradilla B, Grande Gutiérrez J: La intimidad de los pacientes percibida por los profesionales de Enfermería. NURE Inv. [Revista en Internet] 2010 May-Jun. [acceso 11/11/2019]; 7(46).
Disponible en:  
http://www.fuden.es/FICHEROS_ADMINISTRADOR/ORIGINAL/orig_intimidad_46.pdf

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