martes, 10 de octubre de 2017

LA GESTACIÓN SUBROGADA

La gestación subrogada, o gestación por sustitución, como la denomina el artículo 10 de la LEY 14/2006, de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida (BOE núm. 126 de 27 mayo 2006), consiste en el embarazo y el parto llevado a cabo por una mujer, que acepta libremente, bajo contrato, recibir en su útero un embrión conseguido con los óvulos y los espermatozoides aportados por terceras personas, los llamados padres comitentes o subrogantes. En pocas ocasiones esas mujeres contribuyen con sus propios óvulos al proceso (un punto que resulta problemático en aquellos países donde la legislación preserva el anonimato de todo donante1). El recién nacido sería considerado hijo de quienes aportan oficialmente el material genético, (se inscribe legalmente como hijo de éstos) y no de la mujer gestante que lo pare. Se entiende que ambas partes acuerdan esa situación de una forma libremente consentida. La gestante subrogada, como donante, accedería a prestar su útero de una forma altruista, sin recibir compensación económica alguna por su gesto, y los receptores del hijo, sus padres oficiales y, al menos parcialmente genéticos, se comprometerían a sufragar todos los gastos ocasionados por los cuidados del embarazo, el parto y la salud, tanto física como psicológica, de la gestante subrogada.
Hay que señalar, a fuer de ser sinceros, que tal altruismo, si bien es posible y se esgrime como motivación para la subrogación, como veremos más abajo, es, más bien, una cuestión teórica. Porque este tipo de gestante suele recibir una compensación económica bajo el camuflaje de desagravio por “las molestias” ocasionadas por hacerlo; no por su acción de sustitución1,2.
¿”Maternidad” subrogada?
No parece procedente utilizar aquí el término de maternidad subrogada, como se hace en otros lugares3,4. La maternidad, es bastante más que gestar, sentir el feto dentro del vientre, y parirlo; es una compleja mixtura de elementos biológicos, psicológicos y culturales que van más allá de esa experiencia5. Del mismo modo que fecundar un óvulo no convierte automáticamente a un hombre en padre, aunque lo sea desde un punto de vista biológico. Al final, es madre (o padre) quien se desvela, cuida, vigila, educa, da apoyo emocional, proximidad, apego, recursos psicológicos y materiales, para el equilibrado desarrollo del vástago. Esto es algo que conocen muy bien las parejas de acogida y, sobre todo, los padres adoptivos6. No se han encontrado diferencias substanciales en el apego que tienen los padres y los hijos adoptivos, respecto a los que poseen vínculos biológicos7. Y ese sería el tipo de conexión que enlaza a los padres comitentes con el neonato gestado por subrogación; con la salvedad de que entre estos últimos suele haber también alguna clase de vínculo biológico.
No pretendo con esto negar el lazo que puede establecerse entre una pareja y su propia criatura durante el proceso de la gestación obtenida de forma natural, porque eso es algo que está bien establecido8. Pero tampoco se puede olvidar que el instinto maternal (y no digamos el paternal) no es una cuestión universal, pues hay mujeres que no lo sienten, y otras que, si lo perciben, no se sienten obligadas a obedecerlo, rechazando tener hijos9. Asimismo, hay que tener en consideración el interdicto social que existe hacia la mujer que rechaza el rol de madre, y no los tiene; o la que tras parirlos los entrega en adopción por los motivos que sean5. Todos ellos son elementos que hay que tener en cuenta cuando se habla de la gestación subrogada y de las mujeres que se prestan a la misma.
En extrañísimos casos, la gestante subrogada aporta sus genes al embrión, o tiene ese hijo por un deseo personal de ser madre, con todo lo que eso implica. Muchas lo hacen empujadas por el impulso primario de experimentar lo que se siente durante un embarazo (77%)10, aunque la inmensa mayoría de ellas ya hayan tenido hijos (91%-94%) y conozcan la experiencia; o, quizás, lo hagan por eso mismo. Las mujeres que se ofrecen a la subrogación lo hacen por una mezcla de razones altruistas (68%-91%) y económicas (54%-89%), pese a que entre el 60% y el 75% de ellas tienen recursos económicos, propios o de su pareja10,11,12. Söderström-Anttila et al (2016)2 han realizado una revisión exhaustiva del tema y aportan una visión en perspectiva muy interesante que recomiendo leer.
Los frentes de la discusión.
Existe un debate internacional aún no resuelto sobre la gestación subrogada. De hecho no está aprobada en todos los países. Hay posicionamientos encontrados entre asociaciones feministas, grupos LGTBI (Lesbianas, Gais, Transexuales, Bisexuales e Intersexuales) hombres y mujeres particulares, así como diferentes medios de comunicación y agrupaciones políticas. Aunque el debate no parece afectar tanto a la población general, pues casi tres quintos (57%) de los españoles están a favor de ella (mucho o bastante), con otro 32% que lo están poco o nada, y un 11% de indecisos. Están a favor, sobre todo, si los comitentes son parejas heterosexuales (69%), pero también lo están, aunque en proporciones menores (51%), para el resto de las opciones (parejas homosexuales tanto masculinas como femeninas, y hombres o mujeres solos). Alguno más de siete de cada diez españoles (72%) se muestra favorable a que la gestación subrogada esté regulada por ley en nuestro país13.
Los organismos oficiales, sin embargo, no parecen tenerlo tan claro, como demuestran sus discrepantes declaraciones. Así, el Comité de Bioética de España, adscrito al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha elaborado un informe oponiéndose a la misma; a la vez que solicita promover su prohibición a nivel internacional, y que se persiga con multas a las agencias intermediarias. Su objetivo declarado es evitar la explotación de la mujer gestante y que se dañen los intereses superiores del menor3. La Organización Médica Colegial está a favor de ella siempre que se acredite que han sido inútiles los demás procedimientos de Reproducción Asistida, se respeten los derechos de todos los intervinientes (neonatos incluidos), sea altruista por parte de la gestante, y que al menos uno de los gametos proceda de las personas contratantes4.  Pero el Grupo de Ética y Buena Práctica Clínica de la Sociedad Española de Fertilidad (SEF, http://www.sefertilidad.net/) ha sido incapaz de pronunciarse a favor o en contra, porque sus miembros no alcanzan una posición unánime en ninguno de los dos sentidos. Lo que sí hacen es plantear “una propuesta reflexiva de bases o condiciones generales para el supuesto de que el legislador diera en algún momento el paso de su legalización en España”1. Les animo a leer los fundamentos de las conclusiones de estos tres informes, las revisiones que han realizado sobre el tema para llegar a ellas, y los elementos que sugieren para ofrecer garantías a todos los actores de la gestación subrogada para el caso de que fuera aprobada.
Sin duda alguna, la gestación subrogada produce tan encendidos debates porque choca frontalmente con las ideas clásicas de maternidad/paternidad (directamente biológica), y los actuales modelos de familia; muy alejados del monolítico eje formado por la pareja heterosexual tradicional. Todas las demás técnicas de Reproducción Asistida tuvieron un debate similar cuando se introdujeron en el Mercado14. Y digo bien: Mercado, como tendremos ocasión de comprobar más adelante.
En la gestación subrogada existen, por un lado, una pareja (heterosexual u homosexual) o una persona sola (hombre o mujer), que tienen un deseo de ser padres que no pueden cumplir biológicamente; y, por el otro, una mujer que tiene la voluntad y el derecho a hacer con su cuerpo lo que quiera, a que nadie decida por ella sobre lo que debe hacer con ese cuerpo, y a que nadie la obligue a embarazarse bajo ninguna circunstancia que no esté relacionada con su propia voluntad y deseo. Del mismo modo que existe otro elemento que no puede olvidarse en la ecuación, como son los derechos del nasciturus.
Así, la discusión que existe en torno a la gestación subrogada contempla varios frentes:
a) El concepto clásico de maternidad/paternidad y la indiferencia/rechazo hacia la mercantilización del deseo de ser padres/madres de sujetos diferentes a las tradicionales parejas heterosexuales.
b) La aceptación/negación al derecho de esos potenciales padres a serlo por este método, desplazando su solución, quienes lo niegan, hacia la adopción; cosa que no se hace en otros procedimientos de Reproducción Asistida.
c) La aceptación/rechazo de la idea de que la gestante subrogada no es genuinamente una madre, sino una simple portadora y paridora (meras vasijas); aunque el vínculo gestante-bebé también se incluye en la discusión.
d) La cuestión de la voluntariedad de la mujer subrogada y el dilema del altruismo/compensación económica, unidos al temor a que se explote a mujeres con necesidades económicas.
d) Y los bebés así nacidos; no siempre considerados en el debate.
A mi juicio, todos ellos, menos el último, tienen una fuerte dosis de hipocresía, con un sesgo cognitivo importante, movilizado por otros intereses no siempre declarados, pero invariablemente subjetivos.
La mercantilización del deseo de ser padres/madres14.
A.-Supremacía económica: Uno de los argumentos contrarios a la gestación subrogada viene del hecho de mediar dinero entre la gestante subrogada (o las agencias intermediarias, que es otra historia) y los subrogantes o comitentes. Lo que supone establecer, literalmente, un mercado de úteros, en el que se compra-venden gestaciones (y no tanto, bebés).
Este argumento es hipócrita y falaz, desde el momento en que todas las técnicas de Reproducción Asistida constituyen un Mercado donde, igualmente, se compran embarazos (y no tanto, bebés). No se olvide que la Reproducción Asistida está mayoritariamente en manos de empresas privadas que buscan beneficios económicos15. Y a estos centros acuden, fundamentalmente, sujetos con una buena situación económica, o con una capacidad de endeudamiento suficiente como para sufragar los costes de estas técnicas; gastos, que son elevados para cualquier economía media. Por ejemplo, si para tener un 97% de posibilidades de tener un hijo utilizando inseminación artificial con semen de donante, se requieren cinco ciclos16, y los costes de cada uno de estos ciclos vienen a ser de unos 1.200 a 2.000 euros, tener un hijo con estos procedimientos cuesta entre 6.000 y 10.000 euros17. En el caso de utilizar FIV/ICSI, el 80% de las gestaciones se obtienen en los tres primeros ciclos, y casi el 90% en el quinto18,19 (hablamos de implantaciones con éxito, no de nacidos vivos, cuyas probabilidades son mucho menores20). Si cada ciclo cuesta entre 4.000 y 6.200 euros, con los propios gametos, entre  4.200 y 6.200 euros con semen de donante, y entre 4.700 y 9.300 euros con óvulos ajenos16, hagan cuentas; los tratamientos con éxito de implantación cuestan entre 20.000 y 46.500 euros.
Barato, barato, y accesible para todos, estas técnicas de Reproducción Asistida no parece serlo. Más bien aparenta ser, toda ella, cosa de personas económicamente solventes, en su mayor parte, o con una gran capacidad para endeudarse. Quizás sea por eso que aproximadamente el 80% de las parejas que buscan asistencia médica para su infertilidad, no inicien o no perseveran con el tratamiento21. Y cuando los tratamientos son abandonados, no sólo es por los costes psicológicos22, o la desconfianza en la capacidad del personal que les atiende y su escasa empatía; también se dejan por dificultades económicas22,23,24,25,26,27.
¿Es más mercantil la gestación subrogada porque los comitentes gastan más dinero en lograr su deseada gestación? Creo que no. La mayor parte de la Reproducción Asistida es un negocio al que accede gente con posibilidades económicas. Resulta hipócrita, pues, utilizar este argumento para rechazar la gestación subrogada, pues toda la Reproducción Asistida es cosa de economías más que solventes.
Por otro lado, quienes rechazan la gestación subrogada ofrecen como alternativa a los sujetos que desean acceder a ella, la adopción. Lo que supone otro gesto de hipocresía, pues no se les ofrece como alternativa a quienes utilizan otras técnicas de Reproducción Asistida. ¿Por qué a unos sí y a otros, no? ¿Con qué criterio? ¿Y quién lo decide?
Pero hay más.
Las adopciones tampoco son baratas, ni están al alcance de todos. No voy a entrar en la discusión de que las adopciones se utilicen como técnica de Reproducción Asistida más que como un instrumento de solidaridad hacia la infancia; lo que las incluye directamente dentro del mercado consumista de hoy28.  Me limitaré a subrayar que la adopción no es un procedimiento barato al que puedan acceder todas las personas29, además de la farragosa burocracia que conlleva30,31. De hecho, la crisis económica ha frenado las cifras de adopciones32 (no así las de Reproducción Asistida que, aunque representan un considerable desembolso para las parejas, su financiación reporta no pocos beneficios a los Estados33). La adopción, pues, queda igualmente enmarcada dentro del ámbito de los económicamente fuertes.
La adopción, por cierto, y el apego desarrollado entre los padres y el hijo adoptivo, no es una cosa tan especifica de la especie humana como creíamos hasta no hace mucho tiempo. También se ha observado entre los chimpancés; y, en estos casos, sí que son por altruismo hacia los huerfanos34.
De modo que, siguiendo el argumento económico, o se admite todo por igual, o se rechaza todo. No podemos quedarnos sólo con lo que más le conviene a nuestra ideología o a nuestros intereses. Aunque sea frecuente que así suceda porque la convicción de que nuestras creencias son ciertas (dogmatismo) se relaciona negativamente con el razonamiento analítico35. Por eso se mantienen pese a que los hechos las rechacen. TODA la Reproducción Asistida está al alcance de los menos; no sólo la gestación subrogada. De modo que si lo utilizamos para rechazar esta, deberíamos actuar en consecuencia y rechazar toda la Reproducción Asistida. O, al contrario, si lo utilizamos para aceptar a la Reproducción Asistida, habremos de admitirlo, igualmente, para la gestación subrogada.
B.-Explotados: Existe el temor a que las mujeres que opten por este tipo de negocio, lo hagan, voluntariamente, sí, pero movidas o empujadas por sus necesidades económicas. Lo que las expondría a una situación de explotación por parte de los subrogantes o comitentes, más favorecidos económicamente que ellas, en una situación claramente asimétrica36. En este sentido, algunos equiparan las gestaciones subrogadas con la prostitución; puesto que ambas acciones pueden ser asumidas voluntariamente por algunas mujeres, pero movidas por sus necesidades económicas38.
Tal explotación, sin embargo, no es algo que se centre exclusivamente en la gestación subrogada. Ya se encuentra, bien instalada y aceptada, en el mundo de la Reproducción Asistida. No se puede cerrar los ojos ante la evidencia de que estas técnicas han generado un Mercado en el que unos sujetos venden una parte de sus cuerpos, los gametos (sean óvulos o espermatozoides), a unos intermediarios (los bancos de semen y óvulos, los centros de Reproducción Asistida a través de los primeros), y unos terceros se los compran a esos mediadores para obtener gestaciones imposibles de lograr de otro modo. Esta compra-venta disfrazada de “donaciones” de células sexuales se da tanto entre los hombres como entre las mujeres, pero quizás se haga más evidente en el Mercado de semen, por lo que sigue.
Los bancos de semen compran ese fluido corporal a unos 50 euros cada eyaculado (puede ser menos; en cualquier caso, una eyaculación equivale, aproximadamente, a dos dosis) y se vende a unos 200 euros cada dosis17. Si tenemos en cuenta que los sujetos aportan unas 24 eyaculaciones como mínimo, hagan cálculos. Tales bancos pagan a cualquiera de sus proveedores 1.200 euros por 24 eyaculaciones y venden ese total por  9.600 euros. La LEY 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de Reproducción humana Asistida contempla la remuneración de los donantes “altruistas” por “las molestias físicas y los gastos de desplazamiento y laborales que se puedan derivar de la donación(BOE núm. 126 de 27 mayo 2006). Cantidad que los bancos de semen sólo abonan al completo si la calidad de la muestra de semen proporcionada por el donante ya contratado es válida39.
Véanse los anuncios de algunos de estos centros en :
Las molestias a las que se refiere la ley, sin embargo, son las mismas tanto para los especímenes válidos como para los no válidos. El sujeto hace en ambos casos el mismo desplazamiento, el mismo esfuerzo, la misma ausencia laboral, y siente las mismas dificultades psicológicas al producir y entregar tanto las muestras válidas como las no validas. Si sólo se paga al completo el espécimen útil, lo que se retribuye realmente es ese semen válido, no las incomodidades. No existe, pues, tal donación, sino la venta de una parte del cuerpo humano (en este caso, semen) por dinero40,41. Dinero que le viene muy bien a los supuestos donantes, que son sujetos con necesidades económicas (habitualmente estudiantes universitarios)42,43. Son individuos que sin tales necesidades, no “donarían”. Estarían, pues, explotados por su condición de apremio económico. Pero es una explotación que a nadie interesa denunciar: ni a quienes se benefician del negocio, ni a quienes utilizan ese semen para su propio beneficio genésico44. Más aún: suele minimizarse la trascendencia de este intercambio para eludir el problema y no reflexionar sobre él; sin evitar una mal disimulada sonrisa, pensando siempre, aunque sea en silencio, en la forma de proporcionar tales muestras45,46. Como si tal procedimiento redujera el carácter de explotación y de compraventa de esa parte corporal. No se olvide que, como reconocen muchos bancos de semen, sin tal estipendio, el negocio no existiría, no habría semen que utilizar47. Y explotación es, también, la “donación” de óvulos. Esta no tendría lugar de no mediar una compensación económica (el 100% de las “donantes” de óvulos señalan que han de ser recompensadas económicamente; y sólo el 11% estaría dispuesta a hacerlo sin compensación)48. Las donantes de óvulos reciben entre 800 y 1.000 euros por “donación”. En cada “donación” aportan un promedio de 14 óvulos (pueden ser 20 o más). Y las receptoras utilizan una media de 7 óvulos por ciclo, de los que suelen implantarse unos dos o tres embriones49; todo ello por cantidades que oscilan entre 1.500 y 4.000 euros en cada ciclo17. Hagan cuentas.
Además de eso, los “donantes” de gametos de ambos sexos (más bien proveedores40,41), también son recompensados (120-130 euros) si atraen a los centros otras personas que aporten los suyos46,50; algo que ocasiona pocas molestias. No entender estas actividades como mercadeo, son ganas de cerrar los ojos14.
Tal compra-venta de semen y óvulos encubierta es contraria a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que es muy clara al respecto. En su Título I (Dignidad), Artículo 3 (Derecho a la integridad de la persona), Punto 2, apartado c, ratifica “la prohibición de que el cuerpo humano o partes del mismo en cuanto tales se conviertan en objeto de lucro” (BOE núm. 184 de 31 de julio de 2008). Pero se acepta sin pestañear. ¿Por qué razón es asumible que hombres y mujeres vendan esa parte de su cuerpo (los gametos), y no lo es que las mujeres alquilen su útero? O rechazamos ambas cosas, o las aceptamos las dos. No hay razones para actuar de forma diferente. ¿Por qué consideramos explotación alquilar un vientre y no comprar gametos? O rechazamos ambas cosas, o las aceptamos las dos. No hay razones para actuar de forma diferente.
Llegados a este punto, algunas personas con las que he hablado del tema responden "¡que ambas cosas no son comparables!". Es decir, no se pueden asemejar las “donaciones altruistas” de semen, que no requieren gran esfuerzo por parte de los sujetos (y las de óvulos, que son algo más complejas y esforzadas), con una gestación que incluye cambios biológicos y psicológicos importantes, que duran nueve meses, más un parto. Como si la explotación del otro dependiera de la cantidad del expolio realizado y no del hecho mismo de aprovecharse de ellos desde una situación de fuerza (económica, en este caso). Si mantuviésemos tales argumentos banalizadores, resultaría que se atenta menos ("¡no es comparable!") contra los derechos a la integridad física de un niño, por ejemplo (o una niña), si se le corta el lóbulo de una oreja en contra de su voluntad, en un quirófano y con anestesia (y sin indicación médica alguna), que si se le cercena la oreja entera a golpe de machete, en la calle, y "en vivo". El método utilizado y la cantidad de tejido será más o menos brutal y amplia, pero el atentado contra sus derechos fundamentales es el mismo en ambos casos; porque en uno y otro se les está mutilando en contra de su voluntad. Tampoco se puede considerar menor ("¡no es comparable!") el maltrato psicológico que el físico, sólo porque no deja huellas evidentes; ambas cosas ultrajan los Derechos Fundamentales de las víctimas por igual. Así, y en lo que aquí toca, la violencia contra los donantes de semen u óvulos no es menor que la sufrida por las gestantes subrogada, simplemente porque las consecuencias físicas, el tiempo de la agresión y el modo de realizarla sean diferentes. En ambos tipos de sujetos se explota igualmente su cuerpo a causa de sus necesidades económicas (sin dinero no habría “donaciones” de gametos47,51). O no lo son en ninguno de los dos casos; pues no se puede etiquetar la compra-venta de una parte del cuerpo de una forma diferente según la parte de que se trate.
Si el argumento de la utilización explotadora de otros ha de guiarnos para decidir sobre el tema, o rechazamos ambas rapacerías (compra-venta de gametos y gestación subrogada), o aceptamos las dos. No hay criterio razonable para ser más indulgentes con una explotación que con otra.
El derecho a ser padres/madres.
La finalidad de toda forma de vida sobre la Tierra, incluida la humana, consiste en perpetuarse a sí misma. Por eso todas las especies han desarrollado estrategias evolutivas destinadas a que los individuos se emparejen y procreen.
Entre los seres humanos, sin embargo, la reproducción no es, hoy día, tan instintiva. No obedece tanto a un imperativo biológico; aunque existan muchas personas que sienten un impulso interno, que sería exagerado definir como meramente social, incitándoles a la reproducción. Pese a ello, no es un exceso afirmar que actualmente reproducirse es una opción personal, por mucho que existan fuerzas sociales que se hagan eco de ese impulso primario de procrear. Reproducirse es una alternativa que suele ser elegida de un modo más o menos voluntario, según la cultura y el momento histórico vivido. Así, mientras existen sujetos que desean reproducirse a toda costa, otros lo hacen de un modo más o menos indolente, algunos eligen no tener hijos de una forma bien meditada, habiéndolos, igualmente, que no pueden tenerlos por mucha voluntad que pongan en ello.
Tener hijos o no tenerlos es, pues, una elección personal; una opción. No se trata ya de una obligación, sino de un deseo. Un deseo perfectamente legítimo, pero que no se convierte, sin más, en un derecho. No. Tiene hijos quien quiere y puede. Y los que no pueden, tienen la posibilitad de adoptar, o, si se empeñan en tener un hijo biológico, o sentir la experiencia del embarazo y del parto (que es otra cosa), actualmente tienen la libertad de intentar burlar a la Naturaleza utilizando los medios que la tecnología les ofrece mediante los diferentes procedimientos de Reproducción Asistida; entre las que se encuentra la gestación subrogada.
Pero acceder a tales tratamientos, sigue siendo una opción, no un derecho. Y es, por otra parte, un privilegio para unos pocos, como hemos visto antes.
Lo que sí es un derecho fundamental es tener garantizada la salud, en general, así como la sexual y reproductiva, en particular52. Y es precisamente al amparo de este derecho, por lo que ha podido germinar y anclarse en la sociedad la creciente industria de la Reproducción Asistida15. Tales centros hacen una oferta de técnicas (con descuentos y facilidades financieras incluidas) que genera y alimenta, a su vez, la demanda. En Sanidad sucede lo contrario que en otros sectores económicos, donde es el estudio de mercado lo que detecta la necesidad de la población, su demanda, y genera la oferta que hay que hacerle, para que sea posible el negocio. En el mundo sanitario sucede al revés: es la oferta la que genera la necesidad53. Pongo un ejemplo absurdo para ser descriptivo. Si yo abro una consulta para operar, pongamos que la fealdad del dedo gordo del pié derecho, con una adecuada promoción y tiempo, conseguiré llenarla; porque habrá gente que comenzará a percibir esa fealdad y la necesidad de modificarla. El mantra para atraer a la población hacia los tratamientos de Reproducción Asistida en concreto es: “si la técnica lo permite ¿por qué no aprovecharlo?”. Un mensaje que cala con extrema facilidad en una sociedad donde el culto a la inmediatez, la baja tolerancia a las frustraciones, la creencia de que los propios deseos equivalen a un derecho, y la incapacidad para aceptar límites, están tan en boga54.
Y no se puede olvidar que también es un derecho que todos los que deseen utilizar esas técnicas sean tratados por igual, sin agravios comparativos. Que no sean discriminados por razón de su economía, su raza, su sexo, sus creencias religiosas o políticas, ni por su condición civil o sexual. Por eso, una pequeña parte de estos tratamientos es asumido por el sector sanitario público55,56.
Es un derecho que todos sean tratados del mismo modo, por, y ante la Ley. El artículo 14 de la Constitución española, así lo garantiza: “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” (BOE núm 311 de 29 de diciembre de 1978). Y es al amparo de este derecho constitucional, con el fin de evitar agravios comparativos, por lo que el derecho a la salud reproductiva se ha trasladado de la pareja al individuo, y de las parejas heterosexuales a las homosexuales. De ahí que la sociedad, a través de sus legisladores, tenga la obligación de velar por la salud reproductivas de todos, sea cual sea su sexo, estado civil u orientación sexual. Todos.
Como también es un derecho, y una obligación, el respeto que han de tener los otros a la integridad física de cada ciudadano, a su libertad de movimientos, a no ser explotados, a expresar sus ideas, y a poder disponer del propio cuerpo; sin discriminar a nadie por raza, sexo, creencias, estatus social, o condición sexual. Así lo señala la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre del año 1948 en su Resolución 217 A III66. Unos Derechos Humanos que protegen a los sujetos de ser discriminados por ninguna de esas razones, o cualquier otra.
Por esta razón, si las parejas heterosexuales, las mujeres solas, y las parejas de lesbianas, tienen el derecho a resolver su esterilidad constitucional1para tener hijos, también habrán de tenerlo otros sujetos como los hombres solos, y las parejas de varones homosexuales. No puede haber dudas al respecto. No se pueden hacer distinciones, por agravio comparativo y por anticonstitucional. Ni se les puede reconducir hacia la adopción, como señalan algunos sectores sociales, porque no se hace lo mismo con los demás sujetos. Que sean hombres, no les da más prerrogativas reproductivas, pero tampoco menos. Es una cuestión de justicia social; como lo fue, en su día, para incluir en los programas de Reproducción Asistidas a mujeres, ya estuvieran solas o emparejadas.
El derecho a decidir y la explotación del cuerpo.
El derecho a decidir sobre el propio cuerpo está salvaguardado por la misma legislación mencionada más arriba. Y así como hombres y mujeres tienen derecho a decidir no tener hijos sin que su entorno se entrometa en las razones de tal decisión (que se entromete), hombres y mujeres pueden ayudar, si lo desean, a quienes tienen dificultades para tenerlos, “donando” sus gametos, aunque su decisión esté condicionada por necesidades económicas. Ya se está haciendo. Y por la misma razón, tienen el mismo derecho a hacerlo las mujeres dispuestas a ceder su útero para ayudar a otros a tener hijos, aunque su voluntariedad también esté condicionada económicamente, como en el caso de los “donantes” de semen u óvulos. Si por ello hay quienes consideran a esas mujeres meras vasijas explotadas, y rechazan que se presten a ello, los hombres que ceden su semen han de ser considerados simples sementales, o apéndices eyaculadores, como dice Charis Thompson (2005)57. Si estos últimos apelativos parecen abusivos y descorteses, también lo es el primero. O no lo es en ninguno de los dos casos. Si llamar sementales a los “donantes” de semen, voluntarios, es banal y carente de dramatismo, también lo es señalar a esas mujeres, voluntarias, como vasijas. O no lo es ninguno de los dos. No hay criterio para considerar a estos sujetos, sea cual sea su género y función, de un modo diferenciado. Y no somos quiénes para valorarlos de forma discriminada.
El grito de “¡mi cuerpo es mío!” es aplicable a ambos sexos, en este contexto y en otros. Si las mujeres son dueñas de sus cuerpos (lo son) y deciden sobre él, también los hombres son dueños del suyo, incluido su semen, aunque pocos se paren a pensarlo. Incluso los varones que se encuentran en coma58 o acaban de morir59; también ellos son dueños de su semen. Pese a ello, algunas esposas solicitan por su cuenta que se les extraiga semen para tener hijos. Tales hombres se encuentran en una situación muy desventajosa al no poder aportar su consentimiento de un modo fidedigno. A pesar de ello, algunos jueces, bajo la presión social, y de los familiares, les extraen el semen, cautelarmente, mientras buscan documentos que atestigüen el deseo de esos hombres de ser padres tras su muerte, y decidir a favor o en contra de las pretensiones de la mujer60. Con lo que, sea cual sea el veredicto, ya se infringe legalmente, de entrada, los derechos a la integridad física del comatoso o fallecido, y se trata su cuerpo (o cadáver) de un modo indecente (artículo 526 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal [BOE núm. 281, de 24 de noviembre de 1995, Última modificación consolidada: 28 de abril de 2015]). Se decida lo que se decida, el maltrato ya está hecho “por precaución”.
Así, o todos pueden “ceder” voluntariamente una parte de sus cuerpos para que otros tengan hijos, o nadie debe hacerlo. Ya se trate de hombres o mujeres, quienes “consienten”, o los que necesitan acceder a esa parte de aquellos cuerpos. No existe criterio razonable alguno para admitir una cosa y negar la otra.
El nasciturus.
Pocos piensan en los hijos habidos por esta u otras técnicas de Reproducción Asistida. Tal parece que lo importante es atender a las demandas de quienes desean ser padres. Y los debates tienden a centrarse en los subrogantes y, sobre todo, en la subrogada. Sin embargo, de esta y otras técnicas de Reproducción Asistida, nacen individuos que tienen derechos que hay que proteger. Algunos basan su rechazo a la gestación subrogada pensando, precisamente, en los intereses superiores del menor3. Estos no deben ser comprados/vendidos como en cualquier mercado, y debe pensarse siempre en facilitar su normal desarrollo vital. Existe una extensa bibliografía teorizando al respecto; pero no me voy a extender en ello porque rebasaría los límites que me he propuesto para este texto.
Ya hemos visto que la compra-venta de gestaciones es algo común en toda la Reproducción Asistida, no sólo en la gestación subrogada.
No existen muchos estudios realizados sobre los aspectos psicológicos de los hijos así tenidos. Pero cabe sospechar que estos niños no tengan un desarrollo diferente al que tienen los adoptados o los obtenidos mediantes otras técnicas de Reproducción Asistida. Las investigaciones existentes no han encontrado diferencias en el desarrollo y las dinámicas familiares de los niños nacidos por subrogación, al compararlos con chicos nacidos de forma tradicional61. Ni tampoco se han encontrado diferencias cuando se comparan los hijos y las dinámicas familiares de parejas homosexuales masculinas (tenidos por subrogación), con los de las parejas homosexuales femeninas (generados por inseminación de donante)62,63. Probablemente, no existan motivos para preocuparse al respecto, más allá de que el sujeto desee conocer, en el futuro, su origen biológico, y lo que eso pueda suponer64,65.
Las agencias mediadoras1.
Allí donde media el dinero, siempre habrá alguien que quiera intervenir para sacar tajada. Y aquí entran las agencias mediadoras, que pueden actuar honorablemente o explotar a las mujeres con necesidades económicas, para que se ofrezcan “voluntarias” a la subrogación. Para evitarlo, el Grupo de Ética y Buena Práctica Clínica de la Sociedad Española de Fertilidad recomienda que “podrán existir agencias intermediarias pero habrán de ser obligatoriamente sin ánimo de lucro (asociaciones de pacientes, fundaciones, ONG y similares) y la publicidad que hagan no podrá alentar esta práctica con la oferta de beneficios económicos. La Administración pública debe ocuparse de homologar a las agencias que intervengan en este procedimiento, exigiéndoles los requisitos y reglas de transparencia pertinentes, y fijando los límites de compensación de sus servicios1.
Yo creo que se evitarían tentaciones explotadoras si no existiesen tales agencias mediadoras; aunque sean ONGes sin ánimo de lucro. Deberían responsabilizarse de esa acción las propias clínicas de Reproducción Asistida. Del mismo modo que ellas están relacionadas, o poseen bancos de gametos a los que recurrir, cuando los casos lo requieren, podrían disponer de un listado de mujeres voluntarias dispuestas a prestarse a la gestación subrogada. Así, serían las propias clínicas quienes, tirando de listado, realizarían los actos necesarios para llevar a término las gestaciones subrogadas; como hacen con los óvulos o los espermatozoides. Y serían ellas las que mediaran entre gestante subrogada y comitentes, para cuidar la salud de las primeras, y controlar los gastos generados por el embarazo y sus potenciales complicaciones físicas o psicológicas.
Del mismo modo, debería existir un registro Nacional de tales voluntarias, del mismo modo que debería haberlo para los proveedores de gametos.
Consideraciones finales.
Sea cual sea la opción por la que cada cual se decida (aceptar o rechazar la gestación subrogada), ha de fundamentarla en criterios razonables lo más desapasionados posible. Sin utilizar argumentos hipócritas o racionalizaciones sesgadas. Si aceptamos que existan proveedores de gametos a cambio de dinero para que otros tengan hijos, como ya se está consintiendo, hemos de admitir que haya mujeres que, igualmente por dinero, cedan sus úteros para gestar los hijos de otros. Si cerramos los ojos hacia el verdadero motivo de la compensación económica en los “donantes” de semen y óvulos, habrá que hacer lo mismo en el caso de las gestaciones subrogadas. Y si se rechaza lo relativo a estas últimas, habrá que rechazar lo otro; porque es la misma cosa pese a sus diferentes niveles de dificultad. No existe un criterio razonable para aceptar unos procedimientos y rechazar otros; porque son aspectos diferentes de la misma cosa. Si le facilitamos la paternidad/maternidad a las parejas heterosexuales y de lesbianas, como se está haciendo, habrá que aceptarlo también para las parejas de varones homosexuales y hombres solos, que necesariamente habrán de recurrir al útero que pueda ofrecerles una mujer. Lo contrario sería discriminar en función del género. Así que, si rechazamos que los homosexuales masculinos tengan hijos, habrá que rechazar también que los tengan las parejas de lesbianas e, incluso, las parejas heterosexuales sin respuesta a otros tratamientos. Del mismo modo, si facilitamos que mujeres solas sean madres, haciendo uso de los bancos de semen, habrá que hacer lo mismo con los hombres solos que deseen ser padres, ofreciéndoles mujeres dispuestas a prestar su útero con tal fin. O nos negamos a que todos, hombres y mujeres, sea cual sea su situación, puedan hacerlo.
Si nos decidimos a rechazar la gestación subrogada, deberíamos suprimir toda la Reproducción Asistida, a fuer de coherentes; porque en ella se dan igualmente los elementos que impugnan a la primera. Y si la aceptamos, habrá de regularse mediante Ley, con garantías para todos los intervinientes; suprimiendo la presencia de agencias intermediarias.


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